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Obligaci髇 de declarar
Por Alfonso Lopez Benito | Mayo 6, 2009
Existe obligaci髇 de declarar cuando el contribuyente obtenga rentas superiores a 22.000,00 euros brutos anuales cuando procedan de un 鷑ico pagador o de varios pagadores, siempre que el importe percibido del segundo y restantes, por orden de cuant韆, no supere los 1.500,00 euros anuales.
Tambi閚 existe obligaci髇 de declarar los contribuyentes que perciban m醩 de 11.200,00 euros anuales si proceden de varios pagadores y si la suma del segundo y restantes supera en conjunto los 1.500,00 euros anuales, o si se trata de pensiones compensatorias del c髇yuge o de anualidades por alimentos, excepto si procedan de los padres por decisi髇 judicial.
Asimismo tienen obligaci髇 de declarar quienes obtengan rendimientos 韓tegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retenci髇 o ingreso a cuenta, superiores a 1.600,00 euros anuales en su conjunto.
Adem醩, deben presentar la declaraci髇 las rentas inmobiliarias imputadas derivadas de m醩 de un inmueble urbano no arrendado distinto de la vivienda habitual, y los rendimientos de Letras del Tesoro y subvenciones para la adquisici髇 de vivienda de protecci髇 oficial o precio tasado superiores a 1.000,00 euros anuales en conjunto.
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