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MINIMO POR DISCAPACIDAD – DECLARACION RENTA 2009
Por Cristina Velasco | Marzo 22, 2010
El mÃnimo por discapacidad será la suma del mÃnimo por discapacidad del contribuyente y del mánimo por discapacidad de ascendientes y descendientes.
1. El mÃnimo por discapacidad del contribuyente será de 2.316 euros anuales cuando sea una persona con discapacidad y 7.038 euros anuales cuando sea una persona con discapacidad y acredite un grado de minusvalÃa igual o superior al 65 por ciento.
Dicho mÃnimo se aumentará, en concepto de gastos de asistencia, en 2.316 euros anuales cuando acredite necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida, o un grado de minusvalÃa igual o superior al 65 por ciento.
2. El mÃnimo por discapacidad de ascendientes o descendientes será de 2.316 euros anuales por cada uno de los descendientes o ascendientes que generen derecho a la aplicación del mÃnimo a que se refieren los artÃculos 58 y 59 de esta Ley, que sean personas con discapacidad, cualquiera que sea su edad. El mÃnimo será de 7.038 euros anuales, por cada uno de ellos que acrediten un grado de minusvalÃa igual o superior al 65 por ciento.
Dicho mÃnimo se aumentará, en concepto de gastos de asistencia, en 2.316 euros anuales por cada ascendiente o descendiente que acredite necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida, o un grado de minusvalÃa igual o superior al 65 por ciento.
3. A los efectos de este Impuesto, tendrán la consideración de personas con discapacidad los contribuyentes que acrediten, en las condiciones que reglamentariamente se establezcan, un grado de minusvalÃa igual o superior al 33 por ciento.
En particular, se considerará acreditado un grado de minusvalÃa igual o superior al 33 por ciento en el caso de los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez y en el caso de los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad. Igualmente, se considerará acreditado un grado de minusvalÃa igual o superior al 65 por ciento, cuando se trate de personas cuya incapacidad sea declarada judicialmente, aunque no alcance dicho grado.
No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, en caso de fallecimiento de un descendiente que genere el derecho al mÃnimo por descendientes, la cuantÃa será de 1.836 euros anuales por ese descendiente.
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Temas relacionados: Novedades Renta 2010 | 3 Comentarios »
Mi mujer tiene reconocida una incapacidad permanente total por la SS, hasta ahora no habíamos figurado en ninguna declaración esta incapacidad que segun puedo entender desde el año 2006, tiene que ser reconocida con el 33%, que beneficio fiscales y de otro tipo puede tener. He de realizar la declaración de forma conjunta o puedo elegir la forma.
Muchas gracias
Mi madre tiene 62 años y vive conmigo, esta empadronada en el piso que alquilo, no tiene subsidios ni aportes a la seg.social, ella tiene artrosis, escoleosis y problemas menores en la vista, que porcentaje aproximadamente de minusvalia podria corresponderle?
Podria obtener algun tipo de subsidio?
La puedo poner en la declaracion de la renta?
TENGO A MI HERMANO INGRESADO EN UN CENTRO POR INCAPACIDAD LA CUAL TIENE UN TOTAL DE MINUSVALIA DEL 100%.
¿QUE TIPO DE DEDUCCION ME PUEDE APLICAR EN LA DECLARACION DE LA RENTA?
GRACIAS