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Errores en los Borradores

Por Alfonso Lopez Benito | Mayo 12, 2009

Desde que ha comenzado la campaña de Renta 2.008, se ha podido leer en diversos medios de comunicación que los borradores pueden contener errores u omisiones, aunque es necesario diferenciar entre errores y omisiones.

En el borrador no aparecerán datos como las cuotas sindicales o de colegios profesionales, seguros, cuentas ahorro vivienda. También pueden faltar datos o cambios en la situación familiar o personal, hecho importante para determinar la unidad familiar, y que puede hacer variar sensiblemente conceptos como el mínimo personal.

Otro error muy común es la falta de inclusión de los importes del préstamo hipotecario en la deducción por inversión en vivienda habitual, o el derecho a una compensación económica si la vivienda se ha adquirido con anterioridad al 20 de enero del 2006, por la anterior normativa.

Igualmente, la deducción de los 400,00 euros se ha enviado incorrectamente aplicada en muchos borradores, ya que no tenían derecho a ellas por no disponer de retenciones. Esta deducción se aplica sólo en caso de que se paguen impuestos.

Es importante señalar que si nos envían un borrador que tiene errores, y lo aceptamos, la responsabilidad es del contribuyente. Lo mismo sucede con una declaración hecha en Hacienda: aunque el error lo cometan en la Agencia Tributaria, al final es el contribuyente el que firma la declaración dando su conformidad.

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