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Venta de la Vivienda Habitual
Por Alfonso Lopez Benito | Abril 10, 2010
Abordamos hoy la tributación de la venta de la vivienda habitual, ya que requiere de un estudio especéfico, dada la vinculación directa con la declaracion de la renta del contribuyente.
En primer lugar debemos atender a los requisitos que debe reunir la vivienda para que desde un punto de vista fiscal se considere habitual, no bastando con que el contribuyente se deduzca por ella: la edificación que constituya su residencia durante un plazo continuado de, al menos, tres años.
Es decir, si se vendiera la edificación antes de que hayan transcurrido tres años desde que se adquirió, no tiene la condición de vivienda habitual, y por tanto la ganancia patrimonial obtenida tributarÃa por la forma habitual de los inmuebles, sin gozar de los beneficios fiscales especiales.
Por otro lado, para que la vivienda adquirida constituya la residencia habitual del contribuyente, es preciso que sea habitada de manera efectiva y con carácter permanente por el propio contribuyente, en un plazo de doce meses, contados a partir de la fecha de adquisición.
Si se cumplen estos requisitos, la ganancia patrimonial obtenida por la venta del inmueble, puede resultar exenta, que no tributara, cuando el importe total obtenido por la venta se reinvierta en la compra de otra vivienda habitual.
Para el cálculo de la reinversión, además operan las cantidades del préstamo hipotecario, pendientes de amortizar. Si éstas existieran, se deben restar del importe obtenido en la venta.
No debe tener una cronologÃa diferenciada el negocio jurÃdico, es decir, no se debe vender primero la vivienda habitual y posteriormente adquirir la nueva, si no que debe mediar un plazo máximo de dos años. Para este ejercicio 2.008, como novedad, este plazo se ha ampliado para viviendas adquiridas en los ejercicios 2.006 y 2.008, hasta el 2.010.
Ahora bien, para comenzar la deducción de la nueva vivienda se debe cubrir tanto el importe por el que el contribuyente se ha deducido en su anterior vivienda, esto es la vendida, como la ganancia patrimonial que no tributará.
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Temas relacionados: Declaracion renta 2009, Venta de la Vivienda Habitual | 111 Comentarios »
Buenas días; durante el año 2009 he tenido varios trabajos y algunos de ellos en el extranjero, pero el contrato de trabajo se realizo en españa por lo que me han retenido IRPF, actualmente estoy trabajando en Taiwain y queria saber si los rendimientos del trabajo tambien tienen que tributar en este concepto o no, mi paso más de 183 dias fuera de españa.Debo pagar no residentes?
Un saludo gracias
En 2006 adquirí junto a mi pareja una vivienda en construcción, concretamente sobre plano y durante ese año y los dos siguientes, 2007 y 2008 en nuestras declaraciones indicamos el dinero invertido en la construcción de la vivienda habitual. Finalmente en 2009, tras varios problemas con la promotora, demandamos a la promotora solicitando la devolución del dinero invertido y ese mismo verano se me adjudica (sólo a mí) una VPO por la que tengo que hacer en 2009 unos pagos, de aproximadamente 10000 euros.
El juicio se celebrará a finales de 2010 por lo que no se me han devuelto las cantidades invertidas en el primer piso. Si se me hubiesen devuelto, en la declaración devolvería las cantidades desgravadas con su moratoria correspondiente y declararía lo invertido en la vpo pero al no disponer de las cantidades qué debo hacer? Declaro las cantidades invertidas en la vpo y hago una complementaria en caso de ganar el juicio y recibir las cantidades invertidas?
No me parece oportuno hacer la devolución ya si no sé a ciencia cierta todávía si me devolverán el dinero o si finalmente me quedaré con esa vivienda y no con la vpo.
Saludos
Buenos dias,
Mi duda es la siguiente: Llevo 7 años desgavando por mi vivienda habitual. Hace casi 4 años adquirí otra vivienda y llevo dos años empadronado en ella. He amortizado mas capital por la segunda vivienda que el total amortizado por la primera y me he casado en 2009.
Ya que me resultaría mas ventajoso, pues amortizo una cantidad supeior en concepto de hipoteca, podría empezar a degravarme por la última vivienda como vivienda habitual?
Debo aportar algún documento justificativo o hacer algo en concreto o simplemente incluyo los datos de la nueva vivienda por la que voy a desgravar en mi declaración 2010 y olvido la anterior?
Agradezco vuestra ayuda,
Un saludo
Buenos dias, el año pasado vendí mi parte de vivienda (extinción de condominio) que adquirí en el año 2000, nunca llegé a estar empadronada en ella, por lo tanto no me deduje nada de hacienda (no me devolvieron nunca nada de la hipoteca), mis preguntas son: ¿este año al hacer la declaración de la renta tendré que pagar algo?, puesto que hacienda no me ha dado nada por la hipoteca.¿puede haberse deducido mi expareja mi parte correspondiente?
Aunque he leido que la transmision de la vivienda habitual para personas mayores de 65 años está exenta de tributación, si la incluyo en el programa PADRE si cálcula la plusvalia y afecta al resultado de la declaración ¿hay que omitir esa transmisión de la declaración? Si no, ¿cómo hacer para que el programa padre no impute la plusvalía en el rsultado?
Muchas gracias de antemano por la respuesta.
He vendido mi vivienda habitual el 30 de Enero de 2009, que me podré desgravar en la declaracion de la renta? las cantidades satisfechas hasta el momento de la venta (1 Mes)? o bien al cancelar la hipoteca el máximo por titular?
Muchas Gracias
Buenas tardes:
una segunda vivienda que es de 2 propietarios, y que hasta ahora no se ha tributado por ella, pero desde este año sí hay que que hacerlo. Mi duda es que en el borrador de la declaración aparecen con una dirección incorrecta ,( calle correcta, pero nº y piso incorrecto) pero los datos catastrales sí son correctos( eso creo), ¿tengo que declararla, o por ese mismo motivo, puedo evitarse declararlo hasta que aparezcan los datos correctos?
Un saludo, y muchas gracias.
Un saludo.
Buenos días, tengo una duda en la configuración de la declaración. Tengo una vivienda que compré en febrero de 2006 junto con mi mujer. En la deducción por vivienda habitual no se que cantidad poner ya que no se si poner el total de lo que hemos aportado y el programa hace el cálculo o la mitad de lo aportado que sería el 50% que me corresponde. Me habian comentado que pusiera el total que pasaría de 9015, porque luego lo divide el programa padre según el porcentaje. Otra duda que me ha surgio es que en 2006 vendi una vivienda en la que residía para comprarme la actual. En esta última me he estado deduciendo desde el primer año. He hecho mal? Gracias. Un saludo.
Agradecería vuestro parecer. Me urge una respuesta.
En 2008 compré un apartamento que constituyó mi vivienda habitual (por la que me deduje en el IRPF 2008) hasta diciembre del pasado 2009 que tuve que malvender por circusntacias familiares (mi suegra quedó minusválida y dependiente y mi mujer se dedica a cuidarla pero no podria traerla a nuestro apartamento por que era muy pequeño, de un solo dormitorio) para este mes de abril 2010 adquirir vivienda mas grande (única y que será mi vivienda habitual).
Ahora en la declaración de Renta 2009 tendré que declarar la venta (en realidad tuve que poner de mi bolsillo 3.000€ para cancelar la hipoteca pues el precio de venta no me llegaba) y mi duda es si existe posibilidad de que no tenga que devolver el importe deducidos en IRPF 2008 por adquisición de vivienda habitual y si podré deducirme lo correspondiente a los pagos de la hipoteca durante 2009. En caso de que lo tenga que devolver, debo pagar intereses de demora o alguna sanción? Debo hacer declaración complementaria o puedo hacerlo constar en la declaración de 2009? A que me arriesgo si no devuelvo la deducción de 2008 y deduzco por el 2009. Gracias anticipadas por vuestros consejos.